Si después de esto y lo que le va a venir casi con seguridad no dimite, es que algo funciona mal o en nuestros dirigentes, o en su concepción de servicio, que no imposición, al ciudadano.
Copio tal cual lo publicado en ABC:
Un fallo del TSJA desmonta la tesis de Educación para publicar los nombres de objetores a EpC.
La Junta alegó que no los localizaba y los sacó en el BOJA, pero estaba personada en la causa de uno de ellos.
MERCEDES BENÍTEZ. SEVILLA Publicado Miércoles, 29-10-08 a las 07:14
La última sentencia del TSJA sobre Educación para la Ciudadanía no sólo supone que una vez más el alto tribunal reconoce el derecho a la objeción de unos padres frente a la negativa de la Junta: también es la prueba de que Educación, que está personada en todos estos procedimientos, tenía perfectamente localizados a los padres, cuyos hijos, menores, salieron en el BOJA.
El departamento que dirige Teresa Jiménez, que publicó el pasado uno de octubre los nombres de 81 objetores a los que le negaba la objeción, alegó para su publicación que no había podido localizarlos para notificarles su decisión. Sin embargo, esos padres a los que supuestamente no localizaba, son los mismos a los que el TSJA ha reconocido una nueva sentencia.
El fallo, que se convierte en el número 18 reconociendo la objeción, es la respuesta a unos padres de la provincia de Cádiz, que habían interpuesto recurso contra la decisión de la Consejería de negarles la objeción a uno de sus hijos. Mientras esos padres estaban perfectamente localizados, el BOJA publicó los nombres y apellidos de otros de los hermanos antes de que se dictase esta nueva sentencia.
Desmonta las tesis de la Junta
La sentencia supone, según explicó el letrado de los padres, Carlos Seco Gordillo, que Educación pudo localizarlos en todo momento porque estaba personada en esos recursos. Y desmonta la argumentación de la Consejería de que no había podido localizarlos para notificarles la resolución.
«Se prueba que la Consejería tenía en todo momento recursos o mecanismos para poder haberles notificado de forma individual sin necesidad de recurrir a la publicación en el BOJA», dijo Seco.
En este sentido, el letrado pidió a la Consejería que «deje de hacer argumentos de tipo procesal» y asuma su responsabilidad en la vulneración de derechos fundamentales de los menores. De hecho, el Defensor del Pueblo, José Chamizo, inició hace varias semanas una queja de oficio pidiendo a Educación que explique porqué se publicaron esos nombres de menores. Una queja en la que se personaron tanto los padres como el propio PP.
Y la Fiscalía de Sevilla, que en principio no actuó de oficio, ha abierto una investigación después de que varios padres (entre ellos los que ahora han recibido una sentencia del TSJA) y el PP presentaran una denuncia. Por ello Seco pedirá a la Fiscalía que también solicite testimonio de esta sentencia como documental probatoria de que la Administración disponía de medios para identificar a esos padres. «Tienen el poder del padre, su identificación, su DNI y hasta su domicilio para localizarlos», insistió
EL PIZARRIN es, pretende serlo al menos, un lugar de encuentro y debate de ideas y hechos referentes al mundo de la educación en minúsculas, el del día a día, el de la tiza y el olor a goma de borrar, en definitiva el nuestro.
Mostrando las entradas con la etiqueta Sentencia Jurídica. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta Sentencia Jurídica. Mostrar todas las entradas
29.10.08
24.9.08
Cita, que algo queda. (Espero)
"El mago hizo un gesto y desapareció el hambre, hizo otro gesto y desapareció la injusticia, hizo otro gesto y desapareció la guerra. El político hizo un gesto y desapareció el mago".
Woody Allen.

"Un estado con leyes imperfectas pero inamovibles es más fuerte que uno que l
as tenga perfectas pero inoperantes".
Tucídides
Luego de leer esto a lo mejor tiene cierto sentido plantearse si de verdad necesitamos seguir soportando a tanto politicastro del tres al cuarto. Valga el siguiente, y repetido, ejemplo:
Una jueza ordena escolarizar a una niña de tres años en Las Esclavas
Los padres recurrieron a la vía judicial tras no reconocerle Educación la condición de familia numerosa • El tercer hijo nació dos días antes del sorteo de plazas
Un nuevo varapalo para la Administración educativa. Una magistrada del juzgado número 2 de lo Contencioso-Administrativo de Cádiz ha acordado cautelarmente, hasta el dictado de sentencia firme, la escolarización de una menor en el primer curso del segundo ciclo de Educación Infantil del colegio concertado San José-Las Esclavas.
El pasado día 13, un juez de ese mismo juzgado ordenó la escolarización de diez niños, también de 3 años, en el colegio San Felipe Neri, y una semana más tarde vuelve a repetirse la historia, aunque esta vez por una razón bien distinta: por no reconocerse la condición de familia numerosa.
Los progenitores J. A. O. y E. L. decidieron interponer un recurso contencioso administrativo contra la resolución (con fecha 29 de mayo de 2008) de la Delegación provincial de Educación por la que se desestimaba la reclamación presentada por ellos contra las listas definitivas de admitidos y no admitidos de Las Esclavas, ya que se excluía a su hija sin que se le valorase como mérito la situación de familia numerosa.
El propio recurrente explicaba ayer a este medio que en la solicitud de plaza de su hija no especificó que eran familia numerosa "porque aún no lo éramos. Mi mujer estaba de ocho meses y medio y, por tanto, no disponía aún de la documentación pertinente". Sin embargo, una vez abierto el período de alegaciones, el progenitor presentó tanto al colegio como a la Delegación provincial de Educación un escrito explicando la situación familiar así como un informe médico con el que acreditaba el avanzado estado de gestación de su esposa. Pero de poco sirvió, "pues en Educación me dijeron que esos datos los debía haber proporcionado con la solicitud de plaza".
Aun así, la pareja volvió a intentarlo tras el nacimiento de su tercer hijo. "La pequeña nació el 26 de abril y, según la normativa, el título oficial de familia numerosa se debe presentar con anterioridad a la resolución de admitidos. Yo lo obtuve finalmente el día 28 y lo presenté en la Delegación ese misma mañana, pero a pesar de ello no incluyeron a mi hija en el sorteo de plazas que, con motivo de la baremación, se celebró esa tarde en el colegio; y al día siguiente se publicó la relación de admitidos ".
El siguiente paso fue formular en vía administrativa una reclamación, que fue denegada. Seis nuevos escritos reclamando a la Administración los dos puntos que concede por familia numerosa tampoco sirvieron de nada. Fue entonces cuando el matrimonio recurrió al abogado Salvador Ravina Beltrami e interpuso el recurso contencioso administrativo. El progenitor se mostraba ayer "feliz" con la resolución, aunque lamentaba haber tenido que llevar el caso a los juzgados. El próximo lunes, su hija acudirá al colegio Las Esclavas, por lo que una de las dos clases de Infantil de tres años tendrá 26 alumnos.
Educación podrá interponer en un plazo de 15 días un recurso de apelación a un solo efecto.
(Artículo publicado por Beatriz Estévez en Diario de Cadiz.
¿Aprenderán el significado de la palabra respeto, diálogo, y otras muchas más tan necesarias en quienes se dicen a sí mismos representantes de la Administración Educativa y por ende responsables de su puesta en marcha? ¿Será nuestro bien amdo delegado provincial, Sr. Brenes, un oráculo y pronto toda la escolarización dependerá de los juzgados dada su prepotencia y oídos sordos a tantas y tantas AMPAS de la provincia?
¡ Cuánta razón tenía el bueno de Tucídides !
Woody Allen.

"Un estado con leyes imperfectas pero inamovibles es más fuerte que uno que l
as tenga perfectas pero inoperantes". Tucídides
Luego de leer esto a lo mejor tiene cierto sentido plantearse si de verdad necesitamos seguir soportando a tanto politicastro del tres al cuarto. Valga el siguiente, y repetido, ejemplo:
Una jueza ordena escolarizar a una niña de tres años en Las Esclavas
Los padres recurrieron a la vía judicial tras no reconocerle Educación la condición de familia numerosa • El tercer hijo nació dos días antes del sorteo de plazas
Un nuevo varapalo para la Administración educativa. Una magistrada del juzgado número 2 de lo Contencioso-Administrativo de Cádiz ha acordado cautelarmente, hasta el dictado de sentencia firme, la escolarización de una menor en el primer curso del segundo ciclo de Educación Infantil del colegio concertado San José-Las Esclavas.
El pasado día 13, un juez de ese mismo juzgado ordenó la escolarización de diez niños, también de 3 años, en el colegio San Felipe Neri, y una semana más tarde vuelve a repetirse la historia, aunque esta vez por una razón bien distinta: por no reconocerse la condición de familia numerosa.
Los progenitores J. A. O. y E. L. decidieron interponer un recurso contencioso administrativo contra la resolución (con fecha 29 de mayo de 2008) de la Delegación provincial de Educación por la que se desestimaba la reclamación presentada por ellos contra las listas definitivas de admitidos y no admitidos de Las Esclavas, ya que se excluía a su hija sin que se le valorase como mérito la situación de familia numerosa.
El propio recurrente explicaba ayer a este medio que en la solicitud de plaza de su hija no especificó que eran familia numerosa "porque aún no lo éramos. Mi mujer estaba de ocho meses y medio y, por tanto, no disponía aún de la documentación pertinente". Sin embargo, una vez abierto el período de alegaciones, el progenitor presentó tanto al colegio como a la Delegación provincial de Educación un escrito explicando la situación familiar así como un informe médico con el que acreditaba el avanzado estado de gestación de su esposa. Pero de poco sirvió, "pues en Educación me dijeron que esos datos los debía haber proporcionado con la solicitud de plaza".
Aun así, la pareja volvió a intentarlo tras el nacimiento de su tercer hijo. "La pequeña nació el 26 de abril y, según la normativa, el título oficial de familia numerosa se debe presentar con anterioridad a la resolución de admitidos. Yo lo obtuve finalmente el día 28 y lo presenté en la Delegación ese misma mañana, pero a pesar de ello no incluyeron a mi hija en el sorteo de plazas que, con motivo de la baremación, se celebró esa tarde en el colegio; y al día siguiente se publicó la relación de admitidos ".
El siguiente paso fue formular en vía administrativa una reclamación, que fue denegada. Seis nuevos escritos reclamando a la Administración los dos puntos que concede por familia numerosa tampoco sirvieron de nada. Fue entonces cuando el matrimonio recurrió al abogado Salvador Ravina Beltrami e interpuso el recurso contencioso administrativo. El progenitor se mostraba ayer "feliz" con la resolución, aunque lamentaba haber tenido que llevar el caso a los juzgados. El próximo lunes, su hija acudirá al colegio Las Esclavas, por lo que una de las dos clases de Infantil de tres años tendrá 26 alumnos.
Educación podrá interponer en un plazo de 15 días un recurso de apelación a un solo efecto.
(Artículo publicado por Beatriz Estévez en Diario de Cadiz.
¿Aprenderán el significado de la palabra respeto, diálogo, y otras muchas más tan necesarias en quienes se dicen a sí mismos representantes de la Administración Educativa y por ende responsables de su puesta en marcha? ¿Será nuestro bien amdo delegado provincial, Sr. Brenes, un oráculo y pronto toda la escolarización dependerá de los juzgados dada su prepotencia y oídos sordos a tantas y tantas AMPAS de la provincia?
¡ Cuánta razón tenía el bueno de Tucídides !
Etiquetas:
Cita,
Escuela,
Opinión,
Sentencia Jurídica
19.9.08
Mi compañero y amigo Manuel C., publica en Diario de Cádiz esta magnífica crítica a la sentencia que ha obligado a la Delegación Provincial de Cádiz a escolarizar a 16 alumnos/as en un centro concertado. Muchas veces sobran comentarios ante exposiciones demoledoras como esta.
Libre elección de centro ¿para todos?
Una nueva sentencia judicial obliga a la delegación provincial de Educación a escolarizar en un centro por encima de lo que especifica la actual normativa.
Es una tremenda paradoja que mientras las organizaciones sindicales y los trabajadores docentes, que defendemos la escuela pública y la calidad de la enseñanza, clamamos por ratios incluso más bajas de las que marca la normativa vigente y la mejora de todos los aspectos que rodean a la enseñanza en este país, para que se igualen al nivel europeo, el poder judicial dicte sentencias que pedagógicamente están demostrado que interfieren directamente en la calidad de la educación que se imparte al conjunto del alumnado.
Claro que debe de existir la libre elección de centro, pero no podemos obviar un detalle: casualmente, todas las denuncias sobre este aspecto las interponen padres que quieren matricular a sus hijos e hijas en centros pseudo-públicos, perdón concertados, normalmente con connotaciones religiosas y de categoría social determinadas. ¿Estos centros son iguales que los totalmente públicos? ¿Puede solicitar matrícula cualquier ciudadano? En teoría sí, pero en la práctica hay algunas condiciones que lo hacen cuando menos, difícil. Aunque lo nieguen, pues de lo contrario sería admitir una ilegalidad, en la mayoría de estos centros concertados-religiosos-cristianos se impone, más o menos solapadamente, la obligación de recibir clase de Religión, de pagar unas cantidades por AMPA, uniformes caros y exclusivos, pago por actividades extraescolares y una amplia variedad de conceptos que rayan la legalidad, pero que hacen que haya parte de la ciudadanía que en la práctica no puedan acceder a estos centros, con lo cual se convierten en reductos elitistas amparados por el sistema público que pagamos todos y todas. Baste ver cómo el propio delegado de Educación reconoce este desnivel social cuando afirma en un medio público que esta sentencia, promovida por un grupo de padres concretos supone, en sus palabras un "agravio comparativo con el resto de padres que no dispone de medios económicos suficientes". Ante esto cabría preguntarle qué hace su delegación provincial, qué hace él mismo para evitar estos agravios que, lógicamente, afectan a las clases menos favorecidas y por ende las que más ayuda necesitan, cuando se le llena la boca afirmando su defensa de una escuela pública y de calidad.
Se argumenta que la propia Consejería de Educación avala la flexibilidad de la ratio y esto es cierto, sólo hay que leer la Ley de Educación, la Orgánica y la Andaluza, o ver la ratio de muchos centros públicos, por lo que es fácil concluir que la administración educativa tiene parte de culpa de estas situaciones por no velar por una calidad real en la educación y dedicarse a erosionar el significado de las palabras educación y calidad en beneficio de la visión economicista que impera desde hace algún tiempo en el campo educativo.
También se echa mano de la libre opinión del profesorado afectado en estos centros concertados sobre si el número de alumnos afecta a la calidad de la enseñanza. Es para reírse, pues los trabajadores de estos centros son contratados a dedo por no se sabe qué criterios que interesan a la empresa educativa que los contrata y por supuesto no van a poner en peligro sus puestos de trabajo por llevar la contraria a los jefes de su empresa.
Por último, tampoco vamos a engañarnos; las costosas denuncias de estos padres y madres que quieren a toda costa que sus descendientes reciban la educación que ellos, en su pleno derecho, han elegido, están alentadas por los propios empresarios de estos centros, pues no olvidemos que a más alumnos más subvenciones, más probabilidades de forzar la creación de nuevas unidades, etc. En definitiva, más financiación pública para una enseñanza no tan pública.
Es curioso que se tengan en cuenta las peticiones de los padres y madres del colegio San Felipe Neri de Cádiz, cuando este mismo año se ha cerrado el IES La Paz, de esta misma capital, en contra de las peticiones del alumnado, profesorado, AMPA, Ayuntamiento, Diputación Provincial y organizaciones sindicales. Claro que no tenían dinero para contratar caros abogados que los defendieran en los tribunales de Justicia y les dieran la razón, como ha sucedido en el caso de San Felipe Neri. Libre elección de centro, ¿para todos?.
Libre elección de centro ¿para todos?
Una nueva sentencia judicial obliga a la delegación provincial de Educación a escolarizar en un centro por encima de lo que especifica la actual normativa.
Es una tremenda paradoja que mientras las organizaciones sindicales y los trabajadores docentes, que defendemos la escuela pública y la calidad de la enseñanza, clamamos por ratios incluso más bajas de las que marca la normativa vigente y la mejora de todos los aspectos que rodean a la enseñanza en este país, para que se igualen al nivel europeo, el poder judicial dicte sentencias que pedagógicamente están demostrado que interfieren directamente en la calidad de la educación que se imparte al conjunto del alumnado.
Claro que debe de existir la libre elección de centro, pero no podemos obviar un detalle: casualmente, todas las denuncias sobre este aspecto las interponen padres que quieren matricular a sus hijos e hijas en centros pseudo-públicos, perdón concertados, normalmente con connotaciones religiosas y de categoría social determinadas. ¿Estos centros son iguales que los totalmente públicos? ¿Puede solicitar matrícula cualquier ciudadano? En teoría sí, pero en la práctica hay algunas condiciones que lo hacen cuando menos, difícil. Aunque lo nieguen, pues de lo contrario sería admitir una ilegalidad, en la mayoría de estos centros concertados-religiosos-cristianos se impone, más o menos solapadamente, la obligación de recibir clase de Religión, de pagar unas cantidades por AMPA, uniformes caros y exclusivos, pago por actividades extraescolares y una amplia variedad de conceptos que rayan la legalidad, pero que hacen que haya parte de la ciudadanía que en la práctica no puedan acceder a estos centros, con lo cual se convierten en reductos elitistas amparados por el sistema público que pagamos todos y todas. Baste ver cómo el propio delegado de Educación reconoce este desnivel social cuando afirma en un medio público que esta sentencia, promovida por un grupo de padres concretos supone, en sus palabras un "agravio comparativo con el resto de padres que no dispone de medios económicos suficientes". Ante esto cabría preguntarle qué hace su delegación provincial, qué hace él mismo para evitar estos agravios que, lógicamente, afectan a las clases menos favorecidas y por ende las que más ayuda necesitan, cuando se le llena la boca afirmando su defensa de una escuela pública y de calidad.
Se argumenta que la propia Consejería de Educación avala la flexibilidad de la ratio y esto es cierto, sólo hay que leer la Ley de Educación, la Orgánica y la Andaluza, o ver la ratio de muchos centros públicos, por lo que es fácil concluir que la administración educativa tiene parte de culpa de estas situaciones por no velar por una calidad real en la educación y dedicarse a erosionar el significado de las palabras educación y calidad en beneficio de la visión economicista que impera desde hace algún tiempo en el campo educativo.
También se echa mano de la libre opinión del profesorado afectado en estos centros concertados sobre si el número de alumnos afecta a la calidad de la enseñanza. Es para reírse, pues los trabajadores de estos centros son contratados a dedo por no se sabe qué criterios que interesan a la empresa educativa que los contrata y por supuesto no van a poner en peligro sus puestos de trabajo por llevar la contraria a los jefes de su empresa.
Por último, tampoco vamos a engañarnos; las costosas denuncias de estos padres y madres que quieren a toda costa que sus descendientes reciban la educación que ellos, en su pleno derecho, han elegido, están alentadas por los propios empresarios de estos centros, pues no olvidemos que a más alumnos más subvenciones, más probabilidades de forzar la creación de nuevas unidades, etc. En definitiva, más financiación pública para una enseñanza no tan pública.
Es curioso que se tengan en cuenta las peticiones de los padres y madres del colegio San Felipe Neri de Cádiz, cuando este mismo año se ha cerrado el IES La Paz, de esta misma capital, en contra de las peticiones del alumnado, profesorado, AMPA, Ayuntamiento, Diputación Provincial y organizaciones sindicales. Claro que no tenían dinero para contratar caros abogados que los defendieran en los tribunales de Justicia y les dieran la razón, como ha sucedido en el caso de San Felipe Neri. Libre elección de centro, ¿para todos?.
Etiquetas:
Actualidad,
Educación,
Escuela,
Opinión,
Sentencia Jurídica
5.4.08
Un comentario.

A raiz de la entrada anterior un compañero me comenta que me entiende perfectamente, a lo que yo le pido que me explique mejor esa comprensión suya hacia mi bloqueo. La respuesta que me dio es de una sencillez tan grande que tal vez por ello no la haya comtenplado. Comenta mi compañero que al llevar dos años con los mismos alumnos/as, muchas horas cada día, esos niños han perdido misterio para mí, y por tanto me es poco gratificante dedicar tiempo a pensar si este o aquel libro le irá mejor a este o aquella alumna. Si lo mira uno con cierta tranquilidad no deja de tener sentido. Conocer mucho puede permitirte perder una cierta atracción, una cierta fertilidad mental que todos sentimos hacia lo desconocido, que trasladado al campo de la literatura para recomendar, pudiera hacernos pensar que al conocer tanto a un alumno la recomendación va a resultar, va a ser "efectiva", cerrando la puerta a un posible rechazo, que conllevaría una reflexión de por qué no le ha gustado, pero también cerrando la puerta a un posible "éxtasis lector" puesto que le damos algo que sabemos va a gustarle y de esa forma no dejamos paso a un descubrimiento completo. Creo que me ha quedado un poco farragosa la explicación, pero así ando estos días.
30.9.07
55 años.

A veces la Justicia, que sigue siendo lenta, nos trae una sentencia que nos vuelve a hacer creer que pueden conseguirse aquellas cosas justas por las que uno pelea y por las que otros intentan dejarte de lado.
Viene esta entrada del Pizarrín a dejar constancia de la sentencia que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dictó el pasado 27 de Junio de 2007 dando la razón a una compañera, maestra de Jerez, que solicitó la reducción de una hora diaria de su jornada en virtud del Acuerdo firmado y aprobado por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía y las Organizaciones Sindicales en las que se reconocía, durante el curso 2003/04 y posteriores, la reducción, de una hora ese curso y de dos en los siguientes, de la jornada lectiva de los mayores de 55 años.
La profesora en cuestión, Mª Dolores, solicitó dicha reducción de una hora diaria frente a la semanal que concedía la administración, entendiendo, como ahora se le da la razón, que la jornada lectiva es la diaria y no la semanal. Por todo ello recibió una comunicación verbal de la Inspección (cuántas veces se nos da esto)que ahora el tribunal considera " ..no puede entenderse que las instrucciones verbales de un inspector de enseñanza constituyan cobertura jurídica para negar a la profesora afectada la aplicación del Acuerdo...". Luego la callada por respuesta; esa callada desesperante que todos/as alguna vez hemos sentido pero ante la que no hemos tenido la fuerza de Dolores para seguir adelante.
Y es que ahora, cuatro años después, el TSJA le da la razón, entendiendo su derecho a disfrutar de dos horas diarias de reducción de jornada en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo antes citado y del que literalmente dice el TSJA "Y jornada lectiva no puede interpretarse sino en el sentido de su significado estrictamente literal, esto es, como el equivalente al total de horas de clase a impartir en el día" y le concede "... el derecho a recuperar las horas de reducción acumuladas pero no disfrutadas".
Sirva este Pizarrín para haceros llegar esta buena nueva y animar a todos/as los que andáis por estos lares de la educación y poseáis el valor añadido de tener 55 años o más, a solicitar este derecho que os correspondía desde hace años pero que ahora ya lo tenéis con toda la justicia detrás.
Gracias Mª Dolores.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)